El CGE está ultimando la orden de dispensación enfermera en formato papel para las profesionales que trabajan en la sanidad privada o como autónomas
• Para solicitar al Colegio los talonarios de la receta enfermera es imprescindible haber obtenido la acreditación individual para la indicación, uso y autorización de medicamentos y productos sanitarios
En las próximas semanas estará disponible la orden de dispensación enfermera (receta) en formato papel que ha elaborado el Consejo General de Enfermería (CGE) con forma de talonario, dirigida a las enfermeras que trabajan en centros sanitarios del sector privado o como profesionales autónomas.
Para poder solicitar dicho talonario, es imprescindible haber obtenido la acreditación individual para la indicación, uso y autorización de medicamentos y productos sanitarios.
Los talonarios serán puestos a disposición de las enfermeras que lo soliciten a través del Colegio de Navarra. Esta orden de dispensación enfermera cuenta con distintos criterios para evitar falsificaciones: hologramas y bandas de seguridad, un código QR que comprueba la acreditación de la enfermera y un sistema de anulación para cuando la farmacia lo ejecuta.
En cuanto se abra el plazo para solicitar los talonarios, el Colegio lo comunicará a todas sus colegiadas y colegiados por sus distintos canales.
Como se sabe, el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea cuenta con su propio sistema de receta electrónica, que incluye también la receta enfermera, por lo que sus enfermeras no necesitan esta orden de dispensación en papel.
CÓMO SOLICITAR LA ACREDITACIÓN
Por ese motivo, se recuerda a las colegiadas y colegiados del sector privado que por su ejercicio profesional precisen expedir órdenes de dispensación enfermera y que estén interesadas en solicitar los talonarios, la obligatoriedad de contar con su acreditación individual para la indicación, uso y autorización de medicamentos y productos sanitarios.
Cabe recordar que los requisitos para obtener dicha acreditación son la titulación de Enfermería, una experiencia profesional mínima de un año y estar colegiado. Las enfermeras que no sumen este tiempo de experiencia tendrían que superar un curso que se organizan anualmente entre abril y junio.
Por tanto, aquellas enfermeras que trabajen en centros de la sanidad privada o como profesionales autónomos, si todavía no tienen la acreditación y quieren obtenerla, deberán solicitarla mediante una instancia general dirigida a la Subdirección de Farmacia del SNS-O, junto con la documentación correspondiente (certificado de tiempo trabajado como enfermera en centro privados o públicos o en centros del resto de la Unión Europea). La instancia, que está disponible para su descarga en este enlace, puede presentarse, junto con la documentación adjunta, telemáticamente o presencialmente en las oficinas de Registro del Gobierno de Navarra.
PLATAFORMA DE CONSULTA
En la misma línea de actuación, el CGE está ultimando el desarrollo de la plataforma digital ECuidados prescripción, en la que las enfermeras podrán consultar los medicamentos que están sujetos o no a prescripción médica, los medicamentos que estén incluidos dentro de los diferentes protocolos, etc. También se podrá comunicar directamente con el servicio de farmacovigilancia de cada comunidad autónoma para señalar incidencias relacionadas con los medicamentos, consultar las posibles interacciones y conocer alertas sobre distintos fármacos.
En este momento, son nueve las guías aprobadas por el Ministerio de Sanidad para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos sujetos a prescripción médica por parte de las enfermeras:
Heridas
Quemaduras
Hipertensión
Diabetes
Ostomías
Anticoagulación
Fiebre
Deshabituación tabáquica
Anestésicos locales
L | M | X | J | V | S | D |
---|---|---|---|---|---|---|